ISSN 0798 1015

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Vol. 39 (Nº 47) Año 2018. Pág. 13

Incidencia de la complejidad tributaria en las empresas colombianas

Incidence of tax complexity in Colombian companies

Alain CASTRO Alfaro 1; Lina MARRIGO Salas 2; Javier HERNÁNDEZ Royett 3

Recibido: 23/05/2018 • Aprobado: 12/07/2018


Contenido

1. Introducción

2. Metodología

3. Desarrollo y discusión

4. Discusión

5. Conclusiones

6. Referencias bibliográficas


RESUMEN:

Se analiza la incidencia de la falta de simplicidad tributaria en las empresas, para que se logre equilibrar la utilización de las regulaciones administrativas, reducir su interferencia y costos generados que son impuestas sobre la actividad privada. La investigación es del tipo teórico-reflexivo, con un análisis documental y explicativo. El resultado es que con la aplicación de la nueva reforma tributaria en Colombia se requiere simplificar el sistema tributario haciéndolo más sencillo, flexible y entendible para los contribuyentes.
Palabras clave: Complejidad tributaria, simplicidad tributaria, control, evasión

ABSTRACT:

The incidence of the lack of tax simplicity in companies is analyzed, in order to balance the use of administrative regulations, reduce their interference and generate costs that are imposed on private activity. The research is of the theoretical-reflexive type, with a documentary and explanatory analysis. The result is that with the application of the new tax reform in Colombia it is necessary to simplify the tax system making it simpler, more flexible and understandable for taxpayers.
Keywords: Tax complexity, tax simplicity, control, evasion

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1. Introducción

En el actual proceso globalitario, el cual se da por la interdependencia económica creciente en los países del mundo debido al aumento de transacciones internacionales de bienes y servicios  y la apertura de los mercados internacionales (Castro y Anturi, 2015; Bernal y Aguilar, 2015)), las empresas necesitan mejorara cada vez más sus procesos de gestión de mercadeo, esto porque la ventaja competitiva sostenida es indispensable para que una empresa logre destacarse en el mercado (Maldonado, 2015; Gamero, Medina y Escobar, 2016).

El sistema tributario en Colombia viene caracterizado por sus diversas tarifas, recaudos y evasión fiscal elevada, puesto que sus disposiciones crean distensiones en el ámbito macroeconómico, con efectos negativos por el aumento tarifario de manera regresiva, recesiva e inflacionaria por la falta de recaudación de los recursos para lograr minimizar la pérdida fiscal y el desequilibrio económico (Barrera, 2003). Por consiguiente, la existencia de asientos estrechos con mayores tasas, impide que las transformaciones en el ámbito tributario construyan un sistema fiscal cónsono para su progresividad (Bravo, 2003).

Desde la perspectiva de quien cumple con el sistema tributario, Clavijo (2004), señala que la simplicidad es el principio de que el sistema tributario sea sencillo, fácil de entender y cumplir con él, ya que el basamento del sistema tributario se aplica en cortos impuestos, los cuales son aplicados para gravar la renta, consumo, propiedad, entre otros, sin ningún tipo de reglas en cuanto a la valora­ción en el tiempo. En ese sentido, la poca claridad en los sistemas tributarios logran mantener efectos negativos en la econo­mía aumentando los costos fiscales por no generar valor financiero en el ámbito tanto para los contribuyentes como para el Estado (Clavijo, 2005).

Aunado a ello, Espinoza y Sánchez (2003) afirman que la regresividad en cuanto al cumplimiento tributario de los costos logra recaer en las pequeñas y medianas empresas, distorsionando la toma de decisiones en las mismas, y su posterior reducción que el sistema le asigna. Por otro lado, el artificio en cuanto a la rendimiento y cambio en los costos que implica sobrecostos en los contribuyentes, personas naturales y empresas, dilatan la búsqueda de opciones legales para la reducción de su carga tributaria y evitar la evasión (Contraloría General de la República, 2013).

La combinación de impuestos elevados, costos de cumplimiento elevados y marcada evasión fiscal distorsionan las diversas decisiones de las empresas en materia de inversión, reduce la eficiencia de los mercados e impide que los gobiernos inviertan en bienes públicos esenciales lo cual perjudica las posibilidades productivas de una sociedad transformándolo un círculo vicioso indeseable. Otro aspecto relacionado es la desigual aplicación de las obligaciones tributarias en las empresas grandes y pequeñas que incide en el comportamiento de los gerentes de ambos tipos de empresas y, en particular, en la forma en que asignan los recursos (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2013).

En consecuencia, la confusión de un sistema tributario en cuanto al régimen, gestión y justicia tributaria pueden desencadenar diversos efectos negativos sobre todo en las inversiones empresariales, los cuales pueden generar falta de inversión. Asimismo, puede disminuir la plataforma tributaria e incentivar la informalidad, interactuando con el Estado para el cumplimiento de las leyes (Departamento Nacional de Planeación, 2000).

De manera que, el análisis de costo-beneficio que permite mantener los altos niveles de informalidad tiene consecuencias tanto en las empresas como las personas afectando el principio de simplicidad para el rediseño del sistema tributario. Además, trae costos administrativos en las administraciones tributarias, que personifican gastos para su funcionamiento (Departamento Nacional de Planeación, 2003).

De igual forma, la complejidad del sistema tributario incentiva el fraude y corrupción, puesto que cuando un sistema tributario es complejo crea un rechazo por parte de los contribuyentes, bien porque no lo entienden, considerándolo arbitrario o porque optan por no cumplir con sus obligaciones. La reducción de la complejidad en el sistema fiscal colombiano y sus costos en cuanto a la reducción del fraude y corrupción, favorece los incentivos en cada actividad en los contribuyentes como producto de una política tributaria que logra ofrecer equidad y cohesión social (DIAN, 2006).

Por lo expuesto anteriormente, el objetivo fundamental del presente artículo es Analizar la incidencia de la falta de simplicidad tributaria en las empresas, ya que el reto para los gobiernos es, nivelar las medidas administrativas basadas en políticas públicas, para poder reducir su interferencia y costos que se imponen sobre cada actividad.

De acuerdo a lo anterior, los procedimientos complicados y costos excesivos pueden obligar a que algunos empresarios a renunciar y abandonar sus proyectos; otros eligen continuar sin respetar dichos trámites, terminando con operaciones en el sector informal. Por ello, se plantea la siguiente pregunta de reflexión: ¿Cuál es la incidencia de la falta de simplicidad del sistema tributario en las empresas?.

Toda ordenación tributaria influye en el crecimiento económico y competitividad, ya que el Estado debe garantizar los recursos para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y estabilizar las finanzas públicas; además incentivar la inversión privada, para la generación de empleos en los sectores para la transformación productiva.

De igual forma, el sistema tributario se caracteriza por poseer una estructura tarifaria con un grado de complejidad innecesario, sistema de exenciones tributarias incoherente, base impositiva pequeña, y gravámenes excesivos para las inversiones, lo cual pone en riesgo las metas de crecimiento económico, productividad, equidad y progresividad. Por esta razón, debe reducir las distorsiones que generan los tributos en cuanto a las decisiones de los agentes económicos, para generar incentivos en todos los niveles de productividad.

La presente investigación tiene como propósito analizar la incidencia de la falta de simplicidad tributaria en las empresas, ya que un aspecto deseable de cualquier sistema tributario es la simplicidad en la medida en que simplificar la base de un impuesto suele desincentivar la elusión y facilitar el control de la evasión. Asimismo, el logro en la disminución del costo es el punto de partida de un sistema tributario bajo el diseño de la política tributaria cónsona, con elección de instrumentos impositivos, segmentos a gravar y dejar exentos para determinar la elección mayor o menor de una simplicidad teórica.

En cuanto a su importancia económica, se proyecta la posibilidad de incrementar los ingresos fiscales, los cuales pueden servir de soporte al presupuesto de gastos de la Administración Pública Central y Descentralizada, y por consiguiente, se cumplan con eficiencia los planes, programas, proyectos económicos y sociales que redunden en beneficio de la población colombiana.

De igual forma, la investigación se basa en resolver el proceso impositivo, reduciendo los costos de la Administración Nacional Tributaria, fomentando la formalidad, incrementando el control de los pequeños contribuyentes. Además, lograr reducir las aportaciones patronales estimulando el empleo, ampliando las prestaciones laborales de bajos ingresos, minimizar los costos, ayudar a liberar recursos con el propósito de monitorear la gestión empresarial.

Además, su importancia está determinada por los aportes teóricos, porque permitirá desarrollar estudios ya analizados o complementar otros existentes relacionados con la simplicidad tributaria en las empresas, brindará la oportunidad de reforzar los conocimientos sobre aspectos metodológicos que se requieren en un proceso de investigación.

La presente investigación tiene como objetivo general Analizar la incidencia de la falta de simplicidad tributaria en las empresas. Además, de los siguientes objetivos específicos para: Identificar los efectos de la presión tributaria ejercida en Colombia sobre las empresas; Determinar la relación de la carga fiscal con los fenómenos de evasión y elusión tributaria y Examinar la incidencia de la complejidad tributaria en la informalidad.

2. Metodología

La metodología empleada en el presente estudio teórico-reflexivo en donde el investigador considera y hace explícitos los diversos valores y experiencias que influyen en la toma de decisiones, además de recolectar y analizar datos. (Bisquera, 2009).  En cuanto las fuentes de recolección de datos en el desarrollo de la investigación se utilizan el análisis documental. Los instrumentos a usar en la investigación fueron la guía de análisis documental, el cual está orientado a recabar información importante para el estudio (Hernández, Fernández y Baptista, 2006).

Asimismo, el estudio se enmarca en un estudio explicativos o analíticos, puesto que explican, contestan el por qué o la causa de presentación de determinado fenómeno o comportamiento, se trata de explicar la relación o asociación entre variables (Hernández y otros, (2006).

3. Desarrollo y discusión

3.1. Presión tributaria ejercida en Colombia sobre las empresas

Con respecto a las formalidades tributarias, tiene como características principales que se deben tener en cuenta. Este elemento obedece a la cobertura que el Estado le exija a empresas y particulares sobre la tributación a nivel regional o local (DIAN, 2006), ya que el sistema tributario en Colombia ha venido evolucionando con el fin de obtener la integración entre las características de los tributos que lo conforman y las particularidades y necesidades económicas del país. Es por ello, que las disposiciones legales que regulan los tributos que conforman el sistema tributario en Colombia se han modificado a lo largo del tiempo y reformadas en el sentido en el que las condiciones económicas que lo ameriten para hacer frente a las necesidades públicas, que son aquéllas que nacen de la vida colectiva y se satisfacen o se intentan satisfacer mediante la actuación del Estado (Perry, 2010).

Los tributos en el caso particular de empresas, son múltiples y se derivan de los tres niveles de gobierno que rigen la administración pública como lo son el nivel nacional, el departamental y el  local o municipal. Son gravámenes que son ineludibles y estos perchan  a personas naturales o jurídicas según sea el caso dependiendo de sus actividades comerciales y el hecho que propiamente genera una obligación, consignándose de este modo la intención de incidir en la propiedad o riqueza que se haya generado, los ingresos obtenidos y el consumo realizado. De acuerdo a su origen se consideran directos, cuando se asignan a los ingresos y/o la riqueza, e indirectos, cuando se imponen en el consumo (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 2010).

Los tributos dentro de la organización del Estado constituyen la fuente de financiación los distintos proyectos de inversión pública, garantizando además el funcionamiento del Estado, por lo que la Constitución de Colombia 1991 dispuso en el numeral 9 del artículo 95 la calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional, por lo que toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes, además son deberes de la persona y del ciudadano contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad (Constitución Política de Colombia, 1991). 

Para el caso de los impuestos municipales se imponen en la propiedad inmobiliaria con el Predial, la actividad económica o ingresos de las empresas con el ICA, y algunos consumos mediante la sobretasa a la gasolina, apuestas, espectáculos, entre otros (Espitia, 2013). Con respecto al ordenamiento jurídico de Colombia, le corresponde concluir lo relacionado al ámbito de impuestos y recaudación luego de este proceso, igualmente corresponden los procesos relacionados con la distribución, en este caso se refiere a la obtención de recursos por la vía de la  Renta, el IVA y Aduanas, entre otras, que son competencia legitima del Gobierno Nacional por su  representación de actividad económica general por la amplitud nacional de este determinado tributo (Sarmiento, 2012).

Para el caso de los tributos de carácter local o departamental según Acosta y Ayala (2002) están relacionados con el arraigo a la región, Predial e ICA, y el uso de fiscalizar ciertos consumos. Para la ciudad de Bogotá particularmente, por su carácter de Distrito Capital, concurre un estatuto específico que permite la recaudación y usufructo de impuestos locales y algunos departamentales como el de vehículos y los consumos de cerveza, cigarrillos y gasolina. Esta situación le permite a esta ciudad le queda un espectro que puede usar adecuando  importes locales dentro de los topes máximos lícitos establecidos en la legislación nacional (Steiner y Medellín, 2014).

A partir de la distribución de capacidades que tiene cada órgano que forma parte de los poderes públicos, así como cada uno de los agentes económicos que hacen vida dentro de las organizaciones que forman parte del aparato económico del país, la Nación propiamente genera la mayor cantidad de recaudos (Contraloría General de la República, 2013). La recaudación según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (2010) que se lleva a cabo a partir de la obtención de ingresos municipales o de cada uno de los departamentos, tal como se evidencian las cifras del siguiente cuadro:

Tabla 1
Ingreso y presión Tributaria según los diferentes Niveles de Gobierno

Año

Nación

Dpto.

Municipios

Bogotá

Total

Ingreso

Presión

Ingreso

Presión

Ingreso

Presión

Ingreso

Presión

Ingreso

Presión

1995

8,160

9,66

678

0,80

577

0,68

495

0,57

9,900

11,72

1996

10,165

10,09

873

0,87

760

0,76

715

0,71

12,513

12,42

1997

13,286

10,92

1,101

0,90

1,061

0,87

895

0,74

16,343

13,43

1998

15,001

10,64

1,159

0,82

1,371

0,97

1,102

0,78

18,633

13,22

1999

15,555

10,23

1,305

0,86

1,627

1,07

1,179

0,78

19,666

12,93

Fuente: DIAN

Según FEDESARROLLO (2012)a partir del año 2010 se han realizado 3 reformas tributarias y ya se notificó la próxima reforma tributaria, ya que en los últimos años se han establecido 5 impuestos (Impuesto al Consumo, Impuesto a la Gasolina y ACPM, CREE e Impuesto a la Riqueza), así como también se eliminó uno (Impuesto al Patrimonio) y se remitió otro (Gravamen a los Movimientos Financieros) (ANIF, 2013). A pesar de ello, la recaudación tributaria en Colombia se ha desacelerado, debido a la crisis por el mal manejo de la economía (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2010).

El recaudo tributario bruto en el año 2015 según la Contraloría General de la República (2016) llegó a los $123,7 billones, superando la meta establecida por la DIAN en cerca de  $200.000 millones. Cabe destacar que este recaudo apenas cubre el 57,3% del Presupuesto General de la Nación aprobado en $215,9 millones para 2016, a esta circunstancia hay que sumarle la caída de los recursos por concepto de la disminución de la  renta petrolera, la cual según el Ministerio de Hacienda, solo aportará  un 0,2% del PIB, cuando en 2013 representaba cerca del 3,3% del PIB. Por otro lado, la constitución del recaudo tributario continúa moviéndose en dos impuestos: el de renta con una asistencia en el recaudo de 33,4%; y el Impuesto de Valor Agregado que participa en el 23,9% del recaudo nacional. En el mismo orden continúan: actividad externa (16,6%); CREE (11,8%); Gravamen a los Movimientos Financieros (5,4%); Impuesto a la Riqueza (4,3%) y otros (4,6) (DIAN, 2015).

Aunque el recaudo tributario bruto se desarrolla por encima de la economía, y los impuestos por debajo, los recursos siguen siendo pocos para cubrir las necesidades de gasto del Gobierno Nacional, más aún cuando en el país viene surgiendo una crisis de grandes volúmenes por cuenta de la dependencia de la extracción de recursos naturales y el abandono al que se sometieron los sectores productivos como la industria y el agro (Plan Nacional de Planeación, 2015). Intranquiliza más la situación cuando se estima que el déficit en cuenta corriente para 2016 llegará a los US$16.543 millones (5,8% del PIB) y se estima una nueva reforma tributaria regresiva, con posibles aumentos en el Impuesto de Valor Agregado y más personas naturales declarando renta (Justicia Tributaria, 2016).

3.2. Determinar la relación de la carga fiscal con los fenómenos de evasión y elusión tributaria

Para el Banco Interamericano de Desarrollo (2014) la recaudación tributaria es un mecanismo que permite solucionar los problemas concernientes a los gastos ineludibles para auxiliar al financiamiento de sectores como salud, educación, infraestructura, entre otros, todo esto países en desarrollo, también se verifican casos en los cuales estos ingresos contribuirían a solventar problemas de financiamiento y deudas conseguidas. Los problemas relacionados con evasión y los paraísos fiscales en diferentes partes del mundo, disminuyen los beneficios de la economía e impide la despensa de recursos que apuntalen al desarrollo y crecimiento de un país (Pérez, 2004).

Se conoce la importancia de los recursos tributarios para el país, por ello en los últimos años se ha reconocido que los gobiernos de América Latina y en especial Colombia han enfatizado en redimensionar el gasto público y mejorar la recaudación fiscal, puesto que, implica un desequilibrio estructural de las cuentas estatales imposibilitando una distribución más justa de las cargas tributarias y una acción pública que establezca vínculos más equitativos entre el desarrollo económico, las inversiones extranjeras, los impuestos, el comercio y las finanzas responsables (Díaz y Varela, 2003). Concretamente, la estructura tributaria colombiana actualmente está contribuyendo al proceso de recaudación el cual tiene como propósito significativo mantener el desarrollo socioeconómico del país, bajo el concepto de equidad para el sistema tributario, abastecimiento de los bienes públicos para toda la población y la complementación del capital público como complemento del sector privado (Correa, 2002).

De esta forma, Espitia (2013) sostiene que las acciones propensas a aumentar el recaudo consideran estar forjando ascendentes niveles de evasión, creando un impacto económico negativo al disminuir el nivel de prestaciones que el Estado puede brindar, afectando negativamente entre quienes cumplen y quienes no lo hacen, e promoviendo al incumplimiento de los demás. La reducción del Impuesto sobre la Renta ha generado un conjunto inestable de beneficios tributarios, debido a las reformas no constituyen renta ni ganancia (Monsalve, 2008).

Para Moller (2012) el crecimiento de las organizaciones en Colombia y la proliferación de estas promueven que se conciban más dinero para ser invertido y de este modo el Estado se ve en la necesidad de establecer tributos, determinados de ellos de carácter Nacional, Departamental o Municipal. De manera que, los recursos obtenidos se llevan a cabo para el cumplimiento de planes y proyectos de inversión formulados por la administración pública local que apuntala al crecimiento y desarrollo de la sociedad y al mismo tiempo cubren insuficiencias de las distintas comunidades (Ávila y Cruz, 2012).

Los niveles de evasión se registran en alza cuando se plantean aumentos de los impuesto, por ejemplo para el impuesto de renta sobre las personas naturales se sugiere eliminar la mayoría de rentas exentas, el tramo exento de los empleados que comprende el 25% de los ingresos del empleado con un tope mensual de 240 UVT, $6’596,400 de 2014, algunos complementos salariales, pensiones, ahorros en cuentas de fomento para la construcción (AFC) y los aportes voluntarios para las pensiones. Los aportes obligatorios a los fondos de pensiones continuarán exentos, puesto que se propone gravar las pensiones, puesto que al incluir las pensiones dentro de la declaración de renta, estas se verían sujetas al sistema de tasas marginales sobre rangos de ingresos escalonados, lo cual permitiría gravar con una tarifa marginal de 0% a las pensiones de montos más bajos (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, 2013).

Aunado a ello, el sistema tributario debe cumplir con características específica, por lo que debe contar con más de un tributo, ser directos e indirectos, contar con un código organizado, poseer una Administración Tributaria tecnológicamente organizada y darle al país una cultura tributaria adecuada.

3.3. Reformas del impuesto de renta en Colombia

Colombia analiza actualmente los efectos de la reforma tributaria sobre el sistema tributario en general, puesto que la misma busca hacer una reducción de tarifas incentivando el pago de los diferentes tributos. Con las reformas el sistema tributario permite tener una norma en el que sociedad perciba los tipos de impuestos y la justicia tributaria (Ávila y Cruz, 2012). Además, se incluye la obligación de precios de transferencia para operaciones con Zonas Francas Precios de transferencia, reduciendo el gravamen de las ganancias ocasionales con una tarifa única del 10% con las Ganancias Ocasionales, permitiendo Normas Anti abuso, donde se incluye un concepto de establecimiento permanente, creando el Impuesto Gasolina y ACPM, definición de Dividendos y Participación de Utilidades, y la posibilidad de conciliación tributaria para procesos judiciales en curso (Clavijo, Vera y Vera, 2013).

3.4. Impuesto sobre la renta

Las cifras recaudadas del Impuesto de renta en Colombia, Grandes Contribuyentes, Personas Jurídicas y Personas Naturales así como la contribución al PIB desde 1993 hasta 2006 representó un porcentaje mayor en el recaudo del Impuesto sobre la Renta, puesto que en el periodo 1993 a 1997 la participación de la Retención a título de renta, oscila entre 63.1% y 68.0%, mientras que las cuotas entre 31.9% y 36.8%. En 1998 la retención tuvo un incremento representando el 72.9%, debido a la disminución del recaudo de las cuotas 27.0%, en el 2001 disminuye a 61.3%, el 59.0% para el 2004 motivado al aumento de la composición de las cuotas 40.9%, se incrementó a 57.3% para el 2005 (DIAN, 2005).

Por tanto, la reforma tributaria Ley 1607 de 2012 introdujo tres componentes principales al estatuto tributario, refiriéndose a las mejoras en equidad vía de persona natural, reduciendo las cargas para ingresos mensuales inferiores a $12 millones, pasando sus tasas efectivas del 3%-5% al 0.1%-5%, puesto que los mayores ingresos se han elevado las tasas efectivas del 5% al 10%-27%, mediante la aplicación del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN) asentándole un piso a la metodología de declaración de renta tradicional (Ley 1607 de 2012).

4. Discusión

Los sectores que impulsaron en mayor medida el crecimiento económico fueron la minería, el comercio y el transporte, contribuyendo al crecimiento con 1,3 pp. Por su parte, la actividad minera, la producción de petróleo aportó mayor dinamismo del sector, con un crecimiento de 5,5% y una contribución de 3,9 pp (Camacho-Montoya, 2010)

El impuesto sobre la renta tiene beneficios que determinan la afectación de la obligación tributaria en cuanto a deducciones, exenciones y descuentos, deducción del 40% por inversión en activos fijos reales productivos, rentas exentas y descuentos tributarios, afectando la base o ingreso gravable del contribuyente, y descuentos tributarios que son reconocidos de manera directa. El costo fiscal establece el valor del impuesto que se ha generado si el beneficio parte de la base gravable de los declarantes., puesto que en el impuesto de renta que afectan la base gravable de los declarantes son la deducción por inversión en activos fijos y las rentas exentas, además el costo fiscal se calcula como el producto obtenido entre el monto del beneficio solicitado y la tarifa del impuesto (Clavijo, 2005).

En cuanto a las personas jurídicas la tarifa es de 33% puesto que no existe una tarifa única, se determina una tarifa implícita por tipo de beneficio, reflejando todo ello para el año 2010 tarifas de 18,3% para deducciones y 12,5% para rentas exentas, equivaliendo los descuentos tributarios al costo fiscal del beneficio que afectan directamente el valor del impuesto a pagar el monto solicitado. Los cálculos se presentan por modalidad de declarante, personas jurídicas y personas naturales con el fin de medir el grado de utilización de los beneficios y su correspondiente costo fiscal.

Ahora bien, en vista de todos estos aportes que realizan las empresas y organizaciones formales, existen también aportes que el Estado deja de pervivir esto debido al gran número de organizaciones no estructuradas, las cuales no realizan aportes al fisco nacional, generado esto una especie de evasión de impuestos ya que son organizaciones en su mayoría naturales que realizan actividades económicas, pero no hacen las contribuciones necesarias a los fines de cumplir con sus obligaciones tributarias. Esto se considera una evasión y según los datos oficiales por este concepto se pierden grandes cantidades de impuestos.

La presencia de organizaciones informales genera una competitividad muy desleal para las organizaciones que si son formales ya que, no solo involucra el hecho de que las empresas formales deban competir con otras que producen, sino que además deben competir con empresas que no tributan ni pagan impuestos, esto hace que la coexistencia con la informalidad aumente la carga de tributos a las empresas formalmente organizadas. De acuerdo al Banco Mundial en Colombia, el 57% de las empresas de más de cinco empleados contiende con organizaciones informales (Banco Mundial, 2012).

De acuerdo a cifras del DANE con respecto a la clasificación de la informalidad laboral, en Colombia cerca del 38% de los trabajadores informales se hallan en el área del comercio, hoteles y restaurantes; el 18% en servicios comunales, sociales y personales; el 16% en la industria manufacturera; y el 11% en transporte. El área que con la tasa de informalidad más grande es comercio, hoteles y restaurantes con 77%, a continuación del sector de la construcción con 69% y luego transporte, almacenamiento y comunicaciones con 66%. La misma institución define la informalidad como:

Se hace necesario recalcar ciertas providencias especificas referentes a la problemática de la informalidad laboral, entre estas se pueden citar la redefinición de la concepción de informalidad laboral y optimización de la búsqueda estadística para efectuar un rastreo exacto y fidedigno de este fragmento del mercado laboral; estimular el compromiso social empresarial en la protección laboral y los derechos fundamentales de los trabajadores a nivel nacional; reducir la burocracia en cuanto a los trámites para la disposición de las nuevas organizaciones comerciales; acrecentar la protección en salud para los grupos con cierta capacidad de pago y optimizar la gestión de la salud ocupacional y los riesgos profesionales, entre otras medidas.

Se hace necesaria la articulación entre el Estado y varias empresas privadas con el fin de que se resuelvan las problemáticas referentes a la tributación en las diferentes entidades y municipios, todo ello en función de que se puedan tomar medidas activas contra la recaudación tributaria; se involucran a estos dos segmentos de la sociedad porque son los más afectados de manera directa o indirecta en estas circunstancias de evasión y no cumplimiento de tratados o normativas fiscales. Entre las medidas que se pueden o deben considerar para el tratamiento de esta problemática se tiene:

Todas estas consideraciones podrían aplicarse siempre y cuando exista voluntad gubernamental para hacerle frente a las problemáticas existentes detectadas por todos aquellos grupos organizados que no contribuyen con los importantes procesos de recaudación. Existen otros casos como es el Impuesto al Valor Agregado IVA, el cual puede también ser reformado en aras de obtener un mejor proceso de recaudación de este, para que incida en todos los bienes, incluidos los de la canasta básica. Este impuesto es uno de los más controversiales ya que se aprecia como una política que no promueve la equidad. De manera que, se puede establecer un sistema de devolución de IVA a las familias de bajos recursos. Además de integrar los Centros de Atención Empresarial con otros esquemas de soporte, es imperioso seguir extendiendo el radio de acción  a todas las ciudades del país.

Hay otros mecanismos un poco más complejos, que permitirían la integración de las unidades económicas informales, a nuevas áreas y procesos de formalización, todo ello con la ayuda del Estado. Es decir, la instauración  de un sistema de transición que vaya de la informalidad a la formalidad, proporcionando más soporte a las pequeñas y medianas empresas en sus inicios. Este supuesto contiene algunas medidas entre las que se pudieran considerar, el hecho de estimular y apuntalar a la agrupación de requisitos para que las empresas informales formen agrupaciones de organizaciones formales y pequeñas, y que al mismo tiempo se puedan trazar planes de apadrinamiento, por su parte el ejecutivo nacional debe y puede establecer esquemas de emprendimiento a sociedades ya formales en las cámaras de comercio de cada región o municipio.

Otro gasto por el que las pequeñas empresas viven en la informalidad, es el hecho de que requieren de un contador para llevar a cabo las cuentas que cotidianamente se generan, en este caso, se pueden hacer una serie de exoneraciones en las cuales las pequeñas empresas no requieran valerse de contadores obviando así el elevado costo que éstos implican, en este caso el papel del Estado seria  apoyar a las entidades como la Cámara de Comercio de cada región o municipio,  a los fines de que puedan estas  desplegar un método contable para efectuar esta tarea, esto siempre y cuando las empresas que deseen optar por esta herramienta sean formales.

Así como se considera oportuno apreciar la viabilidad de conservar el desarrollo a corto plazo, se hace también relevante adoptar una perspectiva de largo plazo e identificar las principales políticas que harían posible que la economía colombiana creciera a tasas de 7% por año durante los próximos 25 años. Este es el pensamiento de la Comisión Nacional de Competitividad pues su único fin es el de poder contar con un país de estándares de desarrollo y de competitividad.

5. Conclusiones

El análisis precedente permite realizar unas conclusiones de cómo los aspectos tributarios inciden en la economía y la estructura tributaria Colombiana:

De lo anteriormente expuesto se puede inferir que la evasión constituye un fenómeno social presente en el contexto tributario colombiano, puesto que radica en toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito territorial por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo. Por ello, la evasión se concreta mediante la puesta en práctica de conductas fraudulentas o acciones omisivas violatorias de disposiciones legales.

En cuanto a la reforma tributaria asignada mediante Ley 1607 de 2012 se puede afirmar que elevar la tasa general del IVA, se requiere elevar la tasa general del IVA del actual 16% hacia el 17%-18%. De esta manera, elevar la tasa general del IVA del 16% al 18% permitiría recaudos adicionales por cerca del 1% del PIB, donde ciertamente esta sería una reforma tributaria estructural en Colombia, puesto que sus posibles efectos regresivos bien pueden compensarse a través de ligeros incrementos-focalizados en programas como familias en acción, aplicados a la canasta básica de los estratos bajos.

En síntesis, con la aplicación de la nueva reforma tributaria en Colombia se requiere simplificar el sistema tributario haciéndolo más sencillo, flexible y entendible para los contribuyentes, puesto que se debe tener en cuenta que todos aquellos que puedan cumplir sus obligaciones sin mayores dificultades. Adicionalmente, la medida para controla la evasión fiscal es mediante la utilización de sistemas modernos de información en los procesos de fiscalización, lo que permitiría agilizar investigaciones en la búsqueda de evasores, logrando resultados positivos en el corto y mediano plazo, lo que implica a su vez la reorganización y redefinición de las funciones de las instituciones encargadas de la administración tributaria que cause un impacto positivo en la sociedad.

De igual forma, envolver a los ciudadanos para la formulación de denuncias en cuanto al comportamiento evasor, ofrece alguna clase de estímulos, puesto que la existencia de medidas para controlar la evasión fiscal cobraría mayor presencia institucional, lo cual aumenta el número de visitas fiscalizadoras y revisiones a las empresas o establecimientos de las cuales se tiene indicios de evasión, tomando en consideración el apoyo de la ciudadanía denunciando a quienes omiten ingresos y no soportan debidamente sus transacciones e inventarios, manipulando contablemente la base gravable, presentando utilidades nulas, pérdidas o  solicitando devoluciones sospechosas entre otras, puesto que es importante que los funcionarios recobren el prestigio de ser incorruptibles.

Colombia debe acentuar todo lo relacionado con las firmas de convenios para evitar la evasión de impuestos, de igual forma con el resto de los países para las relaciones comerciales respetando y cumpliendo todos los aspectos celebrados en cada convenio.

Fortificar el marco jurídico dándole apoyo y amplitud en cuanto a los convenios para evitar la evasión, apegados a las leyes con el fin de flexibilizar su aplicabilidad y concordancia con la normativa fiscal internacional al momento de celebrar los convenios.

Establecer una base de datos por parte de cada contribuyente natural o jurídico indiferentemente de su tamaño con el propósito de evaluar el volumen de transacciones al momento de ser aplicado cada Convenio y dar a conocer las ventajas y desventajas de estos.

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1. Magister Gestión de la Alta Dirección, Sociólogo. Docente Investigador CURN. Editor de la Revista Científica AGLALA indexada en B ante Publindex. Programa de Contaduría Pública CURN (Cartagena de indias, Colombia) alain.castro@curnvirtual.edu.co

2. Doctora en estudios interdisciplinares. Magister en gestión de riesgos laborales. Contadora Pública. Docente Investigador de la Corporación Universitaria Rafael Núñez. (Cartagena de indias, Colombia). lina.marrugo@curnvirtual.edu.co

3. Contador Público, Magister en Dirección y Gestión Financiera, Coordinador Investigación de la Corporación Universitaria Rafael Núñez. (Cartagena de indias, Colombia). javier.hernandez@curnvirtul.edu.co;javierhernandezro@hotmail.com


Revista ESPACIOS. ISSN 0798 1015
Vol. 39 (Nº 47) Año 2018

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